Cl 10 21-48 DAGUA Horario de Atención: Lunes a Viernes, 8:00 a.m. a 5:45 p.m.
HJRV@HOSPITALDAGUA.GOV.CO Teléfono Móvil SIAU: 3207459367

Marco Normativo de la Rendición de Cuentas

Qué marco normativo soporta la rendición de cuentas?

La Constitución Política adoptó la democracia participativa contemplando la oportunidad de controlar el ejercicio del poder por los ciudadanos. Por ello, los gobernantes deben abrirse a la inspección pública y responder por sus actos.


De acuerdo con los principios y derechos constitucionales, el poder puede ser controlado por los ciudadanos, entre otros a través del derecho a: la participación (artículos 2, 3 y 103), a la información (artículos 20, 23 y 74), a la participación en el control del poder político (artículo 40), así como del derecho a vigilar la gestión pública (artículo 270). (Constitución Política del Estado Colombiano, 1991)

Articulo 2do Constitución

Participación de todos en las decisiones que los afectan

Leer Mas

Articulo 3ro Constitución

La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público.

Leer Mas

Articulo 103 Constitución

Existen diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la Gestión Pública

Leer Mas

La rendición de cuentas presupone, pero también fortalece la transparencia de la E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS




Derecho a la Información

La Libertad de Expresión y su Fundamento

Como derecho fundamental o derecho humano, la libertad de expresión se encuentra consagrada en el Artículo 19 de la Declaración universal de los derechos humanos de 1948 y ha sido incorporado en la Constitución de los Estados democráticos en relación con la libertad de prensa, la honra, el buen nombre y el derecho al trabajo, pero implica una serie de limitaciones.


La Ley 586 de 2000 establece los elementos de la libertad de expresión:

Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones

Se garantiza a toda persona la libertad de informar y recibir información veraz e imparcial.

Se garantiza a toda persona la libertad de fundar medios masivos de comunicación

Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad.

No habrá censura en Colombia (Congreso de la República, 2000).

Derecho de Petición

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.


Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo.


Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción.

Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción

Acceso a los Documentos Públicos

Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley. El secreto profesional es inviolable.

Principio de Máxima Publicidad para Titular Universal

Toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal, de conformidad con la Ley 1712 de 2014


En ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, toda persona puede conocer sobre la existencia y acceder a la información pública en posesión o bajo control de los sujetos obligados.


El acceso a la información solamente podrá ser restringido excepcionalmente.

Las excepciones serán limitadas y proporcionales, deberán estar contempladas en la ley o en la Constitución y ser acordes con los principios de una sociedad democrática.




El derecho de acceso a la información genera la obligación correlativa de divulgar proactivamente la información pública y responder de buena fe, de manera adecuada, veraz, oportuna y accesible a las solicitudes de acceso, lo que a su vez conlleva la obligación de producir o capturar la información pública

Leyes que soportan la Rendición de Cuentas !!!

EL CERRITO CLIMA