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¿Qué es rendir cuentas?



El proceso de rendición de cuentas se entiende como una obligación de las entidades de la Rama Ejecutiva y de los servidores públicos del orden nacional y territorial, así como de la Rama Judicial y Legislativa, de informar, dialogar y dar respuesta clara, concreta y eficaz a las peticiones y necesidades de los actores interesados (ciudadanía, organizaciones y grupos de valor*) sobre la gestión realizada, los resultados de sus planes de acción y el respeto, garantía y protección de los derechos.

Esta concepción de la rendición de cuentas está respaldada jurídicamente en el artículo 48 de la ley 1757 de 2015, por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática y, define la rendición de cuentas como:

"El proceso conformado por un conjunto de normas, procedimientos, metodologías, estructuras, prácticas y resultados mediante los cuales, las entidades de la administración pública del nivel nacional y territorial y los servidores públicos informan, explican y dan a conocer los resultados de su gestión a los ciudadanos, la sociedad civil, otras entidades públicas y a los organismos de control, a partir de la promoción del diálogo.


La rendición de cuentas es una expresión de control social que comprende acciones de petición de información y explicaciones, así como la evaluación de la gestión."

Por su parte, desde la política pública, en el documento CONPES 3654 de 2010, se señala que,

(...) en la rendición de cuentas, las organizaciones estatales y los servidores públicos enfrentan premios o sanciones por sus actos. Las instituciones públicas, organismos internacionales, los ciudadanos y la sociedad civil tienen el derecho de recibir información y explicaciones y la capacidad de imponer sanciones o premios, al menos simbólicos.

La rendición de cuentas es una oportunidad para que la sociedad evidencie los resultados de la entidad, de acuerdo con su misión o propósito fundamental y, lleve a cabo la entrega efectiva de bienes y servicios orientados a satisfacer las necesidades o problemas sociales de sus grupos de valor. Así mismo, permite visibilizar las acciones que se desarrollan para el cumplimiento de los derechos de los ciudadanos y su contribución a la construcción de la paz.

Abordar la rendición de cuentas desde el enfoque de derechos humanos y paz amplía el contenido y la forma de llevar a cabo el proceso de rendición de cuentas. Además, debe informar sobre cómo se protegen y garantizan los derechos de que son titulares. Las entidades deben cumplir los principios de los derechos humanos en el proceso de diálogo entre la ciudadanía y el Estado, haciendo este proceso más responsable, participativo e inclusivo. De esta manera, se contribuye a la garantía de los derechos civiles y políticos.


En este sentido, la rendición de cuentas basada en derechos humanos aporta a la construcción de paz, en tanto ésta, en su sentido amplio y profundo, es el resultado de transformaciones económicas, políticas, sociales, el reconocimiento de la pluralidad y, por supuesto, el respeto de la autonomía en las decisiones sobre la vida del territorio y la transformación pacífica de los conflictos.

(*)Grupos de valor:

de acuerdo con el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), son las personas naturales (ciudadanos) o jurídicas (organizaciones públicas o privadas) a quienes van dirigidos los bienes y servicios de una entidad.

(**)Grupos de interés:

de acuerdo con el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), son los individuos u organismos específicos que tienen un interés especial en la gestión y los resultados de las organizaciones públicas. Comprende, entre otros, instancias o espacios de participación ciudadana formales o informales.

¿Para qué se rinde cuentas?


¿Qué ES y qué NO ES la rendición de cuentas?


La rendición de cuentas ES La rendición de cuentas NO ES
Un proceso que se basa en la interrelación del Estado-ciudadano. Una audiencia o un evento aislado que se da una vez al año.
Una relación que promueve la representación de quienes históricamente quedan excluidos por razones de género, etnia, clase o cualquier tipo de discriminación. Un evento al que solo asisten servidores públicos y el equipo que llevó a cabo el informe de rendición de cuentas.
La presentación de informes y generación de diálogos en lenguaje claro y comprensible para los grupos de valor. La presentación de informes en un lenguaje técnico y poco comprensible al ciudadano.
Promover acciones colectivas y de diálogo en cada momento del ciclo de la gestión pública, con base en información sustentada en la realidad. Brindar información mediante un informe que omite los incumplimientos o dificultades que se hallaron y solo da cuenta de lo que se ha cumplido.
Un proceso articulado con el control social, disciplinario, político y fiscal que implica reconocer el rol del ciudadano en la gestión pública y viceversa. Publicar información institucional únicamente en la página web sin utilizar otros mecanismos de acceso y diálogo sobre la información.
Un proceso participativo y de aprendizaje continuo. No hay fórmulas únicas, se requiere innovar para cada vez hacerlo mejor. Un proceso desarticulado y repetitivo que se efectúa para cumplir con las normas son mayores consecuencias.
La capacidad como organismo público para responder a los ciudadanos y los compromisos asumidos. Ausencia de compromisos y acciones de mejora producto del diálogo con los grupos de interés.

¿Quienes piden cuentas?


Realizan un control horizontal institucional al ejercicio del poder público de acuerdo con sus facultades legales: Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, personerías municipales, Contraloría General de la República y contralorías departamentales y municipales, cuya función es la vigilancia y control preventivo o de sanción.

En ejercicio del poder ciudadano y el derecho a vigilar la gestión pública, los ciudadanos realizan el control social de forma individual o colectiva, a través de diversos mecanismos y acciones de participación. Así, se vigila el cumplimiento del mandato otorgado a los gobernantes.

Las instancias de participación son espacios de interlocución permanente respecto a temas específicos de la gestión pública con diferentes niveles de influencia de la ciudadanía en la administración; las cuales han sido creadas por una norma nacional, regional o local (por ejemplo: veedurías ciudadanas, o consejos territoriales de planeación, entre otros). Desde estas instancias se realiza la petición de cuentas sobre temas generales y algunas contemplan la función de control y seguimiento.

El periodismo de investigación puede actuar como una fuerza que a través de la información controla, los eventuales abusos de poder. La prensa puede realizar monitoreo especial al gobierno local, mediante reportajes y la difusión de información pública en temas de interés ciudadano.

Las corporaciones públicas realizan control político, la rendición de cuentas es un insumo para este proceso.

La gobernanza incorpora varios actores que apoyan y cooperan en la gestión pública como organismos internacionales o financiadores privados.

¿Cuándo se rinde cuentas?


Durante todo el ciclo de la gestión pública, cada entidad debe desarrollar acciones encaminadas a configurar la rendición de cuentas. Se rinde cuentas todo el tiempo porque es un proceso permanente de las entidades del Estado, en tanto ellas deben responder a los interesados por las obligaciones orientadas a la garantía de derechos y el cumplimiento de los fines del Gobierno, que se concretan en la misión de cada institución. El artículo 52 de la Ley 1757 de 2015, planeta que:



De acuerdo con dicha Ley, se entiende la rendición de cuentas como un proceso que obliga a las autoridades y servidores públicos a formular una estrategia con actividades permanentes para informar y explicar sus actuaciones y, a escuchar y dialogar con los grupos de valor para mejorar la gestión pública. Va más allá de la programación de eventos aislados.


Por tanto, las acciones formuladas en la estrategia de rendición de cuentas, deben incluirse en la planeación institucional, según lo establece el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, en el marco del plan de anticorrupción y de atención al ciudadano.

EL CERRITO CLIMA