En la I.P.S TODOMED PALMIRA, toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma , Toda actuación que inicie cualquier persona ante la I.P.S TODOMED PALMIRA implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo.
En la I.P.S TODOMED PALMIRA, toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma ,
Toda actuación que inicie cualquier persona ante la I.P.S TODOMED PALMIRA implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo.
Cuando el usuario considere que la solicitud de la información pone en riesgo su integridad o la de su familia, podrá solicitar ante la I.P.S TODOMED PALMIRA el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada.
En ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, toda persona puede conocer sobre la existencia y acceder a la información pública en posesión o bajo control de la I.P.S TODOMED
El derecho de acceso a la información genera la obligación de responder de buena fe, de manera adecuada, veraz y oportuna a los Usuarios.
En la I.P.S TODOMED, en cumplimiento del Articulo 14 de la Ley 1755 de 2015, salvo norma legal especial, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción
La I.P.S TODOMED, ha puesto a disposición de los usuarios Diferentes Canales para Radicar su Petición, las peticiones podrán presentarse verbalmente y deberá quedar constancia de la misma, o por escrito, y a través de nuestro portal Web, medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos
la I.P.S TODOMED, podrá exigir que ciertas peticiones se presenten por escrito, y pondrá a disposición de los interesados, sin costo, a menos que una ley expresamente señale lo contrario, formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciamiento
En todo caso, los peticionarios no quedarán impedidos para aportar o formular con su petición argumentos, pruebas o documentos adicionales que los formularios no contemplen, sin que por su utilización las autoridades queden relevadas del deber de resolver sobre todos los aspectos y pruebas que les sean planteados o presentados más allá del contenido de dichos formularios
En la I.P.S TODOMED, cuando la petición sea enviada a través de Nuestra Sede Electronica, esta tendrá como datos de fecha y hora de radicación, así como el número y clase de documentos recibidos, los registrados en el medio por el cual se han recibido los documentos.
Cuando la petición se presente verbalmente ella deberá efectuarse en la Oficina de Atención al Usuario
1. Adelantar los trámites y servicios que tiene a cargo, en ejercicio de sus funciones. 2. Invitarlo a los a eventos de participación ciudadana de la I.P.S TODOMED 3. Evaluar la calidad de los servicios en la I.P.S TODOMED 4. Elaborar informes y estadísticas de la I.P.S TODOMED
1. Adelantar los trámites y servicios que tiene a cargo, en ejercicio de sus funciones.
2. Invitarlo a los a eventos de participación ciudadana de la I.P.S TODOMED
3. Evaluar la calidad de los servicios en la I.P.S TODOMED
4. Elaborar informes y estadísticas de la I.P.S TODOMED
En el tratamiento y protección de datos personales, la I.P.S TODOMED tiene los siguientes deberes, sin perjuicio de otros previstos en las disposiciones que regulen o lleguen a regular esta materia 1. Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de habeas data 2. Informar debidamente al titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten en virtud de la autorización otorgada al Suministrar sus datos 3. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento 4. Actualizar oportunamente la información, atendiendo de esta forma todas las novedades respecto de los datos del titular. Adicionalmente, se implementan todas las medidas necesarias para que la información se mantenga actualizada 5. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente. 6. Suministrar al encargado del tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 7. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados por la Ley Estatutaria 1581 de 2012 8. Adoptar un manual de políticas y procedimientos para garantizar la adecuada protección de datos personales 9. Anonimizar los datos personales de los titulares siempre que estos sean de carácter semiprivados, privados o sensibles, así como los datos de los niños, niñas y adolescentes de cualquier tipo 10. Usar los datos personales del titular sólo para aquellas finalidades para las que se encuentre facultada debidamente y respetando en todo caso la normativa vigente sobre protección de datos personales
1. Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de habeas data
2. Informar debidamente al titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten en virtud de la autorización otorgada al Suministrar sus datos
3. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento
4. Actualizar oportunamente la información, atendiendo de esta forma todas las novedades respecto de los datos del titular. Adicionalmente, se implementan todas las medidas necesarias para que la información se mantenga actualizada
5. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente.
6. Suministrar al encargado del tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012
7. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados por la Ley Estatutaria 1581 de 2012
8. Adoptar un manual de políticas y procedimientos para garantizar la adecuada protección de datos personales
9. Anonimizar los datos personales de los titulares siempre que estos sean de carácter semiprivados, privados o sensibles, así como los datos de los niños, niñas y adolescentes de cualquier tipo
10. Usar los datos personales del titular sólo para aquellas finalidades para las que se encuentre facultada debidamente y respetando en todo caso la normativa vigente sobre protección de datos personales
Es el derecho que tiene toda persona para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes por razones de interés general o interés particular, para elevar solicitudes respetuosas de información y/o consulta y para obtener pronta resolución de las mismas
Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones
Expresión de insatisfacción referedia a la prestacion de un servicio o la deficiente atención de una autoridad pública
Expresión verbal, escrita o en medio electrónico de recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto mejorar el servicio que se presta en cada una de las dependencias de la Institución
Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación
Financieros, cumplimiento de obligaciones y respuestas a requerimientos realizados por la entidad
Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción.
Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de los tres (3) días siguientes.
Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.
Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado, antes del vencimiento del término señalado en la ley expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto