Procesos de Control Integral
La Oficina de Control Interno, definida en la Ley 87 de 1993, como "Uno de los componentes del Sistema de Control Interno, del nivel gerencial o directivo, encargada de medir la eficiencia, eficacia y efectividad de los demás controles, asesorando a la Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos".
La Oficina de Control Interno se constituye así en el "control de controles" por excelencia (Tercera Línea de Defensa); ya que en su labor evaluadora determina la efectividad del Sistema de control de la entidad, con miras a coadyuvar a la alta gerencia en la toma de decisiones que redireccionen el accionar administrativo hacia la consecución de sus fines y el mejoramiento continuo.
La Ley Nº 1474 de 2011, definió nuevos procedimientos para la selección de los Jefes de Control Interno.
En la I.P.S TODOMED de PALMIRA, la Oficina y/o el Sistema de Control Interno es un instrumento que busca facilitar que la gestión administrativa de las institución logre el cumplimiento de la misión y los objetivos propuestos de acuerdo con la normatividad y políticas del Estado.
La Oficina de Control Interno como elemento asesor, evaluador y dinamizador del Sistema de Control Interno, le corresponde desarrollar los siguientes roles: Asesoría en identificación y valoración del riesgo, Acompañamiento y asesoría, Evaluación y seguimiento, Fomento de la cultura del autocontrol y Relación con entes externos.