Funciones y Deberes E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS DAGUA

Ley 10 de 1990 - ARTICULO 1°. Servicio Público de Salud

La prestación de los servicios de salud, en todos los niveles, es un servicio público a cargo de la Nación, gratuito en los servicios básicos para todos los habitantes del territorio nacional y administrado en asocio de las entidades territoriales, de sus entes descentralizados y de las personas privadas autorizadas, para el efecto, en los términos que establece la presente ley. El Estado intervendrá en el servicio público de salud conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Constitución Política

DECRETO 1760 DE 1990 - Por el cual se establecen y definen los niveles de atención, tipo de servicio de complejidad.

Se entiende por nivel de atención la responsabilidad del ente territorial en la organización de los servicios de salud a través de una o varias entidades para satisfacer las necesidades de salud de su población.


Los servicios que organicen las entidades se clasificaran en grados de complejidad con el objeto de racionalizar los recursos disponibles, lograr una mejor distribución de los mismos y mantener la calidad en la prestación de servicio.


Los criterios básicos para la determinación del grado de complejidad de los servicios que puedan prestar las diferentes entidades se definen por las Patologías que atienda o prevén atender con su grado de severidad y la frecuencia de la misma, Base poblacional, Tipo y nivel de formación del personal y vinculado, Características y condiciones del instrumental y equipo disponible, Apropiación y uso de la tecnología disponible en la entidad, Características de la planta física y Características de la entidad.

Nivel de Atención de la E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS

La clasificación de las entidades como de primer nivel, según el artículo 6º. literal a) de la Ley 10 de 1990, responde a que en ellas se cumplan como mínimo los siguientes criterios: Base poblacional del municipio o municipios a cubrir, Cobertura de atención a la población del mismo municipio y a la de otros municipios que no cuenten con atención hospitalaria dentro de su territorio, Frecuencia del problema que justifique el servicio, Tecnología de baja complejidad, sencilla y simple de utilizar en la consulta externa, hospitalización, urgencias y los servicios de apoyo para diagnóstico y tratamiento de problemas de salud de menor severidad y Atención por personal profesional general, técnico y auxiliar

Las entidades clasificadas como de primer nivel, podrán ser administradas por los departamentos, intendencias y comisarias, en virtud del principio de subsidiariedad de que trata la letra d) del ARTÍCULO 3º de la Ley 10 de 1990.

 DescripcionFecha Documento
Seleccionar Funciones y DeberesACUERDO 009 DE 1994 EMITIDO POR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPO DE DAGUA, EL CUAL ESTABLECE LA CREACION DE LA E.S.E HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS26/08/1994




Valores en la E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS DAGUA

Honestidad

La honestidad es la virtud que se refleja en la dignidad, la pulcritud, en el pensar y en el obrar.
La honestidad debe ser practicada en las diversas actividades del servidor público

Responsabilidad

En asumir y hacerse cargo de sus actos y omisiones en el ejercicio de sus funciones
Manejo eficiente de los recursos, para el cumplimiento de los objetivos

Solidaridad

La cooperación y ayuda mutua nos une para ser SOLIDARIOS con la comunidad y nuestros compañeros , todos somos responsables del Desarrollo de la E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS

Lealtad

El funcionario, debe ser leal a la Institución, debe ser fiel a los principios éticos y al cumplimiento de sus fines con plena conciencia de servicio a la comunidad.



Dignidad

El servidor de la E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS, se caracteriza por ser un profesional digno y valioso, Al reconocer y tolerar las diferencias de cada persona, para que ésta se sienta digna y libre

Respeto

El servidor de la E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS DAGUA, debe ser justo, cuidadoso, respetuoso, amable, culto y considerado, en su relación con los usuarios, con sus jefes, y con sus compañeros. Debe comprender que su condición de empleado institucional implica asumir la más alta y delicada responsabilidad que le encarga la institución para el servicio de la comunidad

Colaboración

Ante situaciones extraordinarias, en la E.S.E. HOSPITAL LOCAL JOSE RUFINO VIVAS, se deben realizar aquellas tareas necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que se enfrenten.



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